Internacionales / La Habana / Cuba debate sobre el matrimonio igualitario
Cuba prepara el terreno para legalizar uniones
LGTBI a través de la figura jurídica de las parejas de hecho, en una reforma
que se introducirá en el nuevo Código de Familia, que está previsto que se
debata entre 2021 y 2022.
Los legisladores de la Isla tendrán que hacer
frente a la regulación de las uniones de hecho "como relación fáctica a la
que el derecho le anuda consecuencias jurídicas", señaló a Granma (Periódico
local), Leonardo Pérez Gallardo,
presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia, de la Unión de
Juristas de Cuba.
Sus declaraciones fueron recogidas en un artículo
que el diario oficial del Partido Comunista tituló "La unión de hecho en
el nuevo Código de Familia" e ilustró con varias formas de familias
heterosexuales, monoparentales y homosexuales, pero todas con hijos a su cargo.
Gráfico de tipos de familias, usado por Granma. Foto: Granma.
Con esto, Cuba intenta ocultar el rechazo a la
aprobación del matrimonio homosexual, explica a Ciber Cuba el abogado cubano
Alain Espinosa.
"En mi opinión lo que intentan es mediante el
reconocimiento específico de una figura legal que objetivamente siempre ha existido
distraer o desviar la atención de lo que sería el punto medular en la materia
que es, sin duda alguna, la negativa a reconocer el matrimonio igualitario o
entre personas del mismo sexo. O sea intentan resolver la situación
reconociendo otra forma de organización familiar para ocultar el hecho objetivo
de que a una minoría se le priva del derecho de elegir el matrimonio como vía
de organización familiar por tener una preferencia sexual diferente, con lo
cual están violando el principio de igualdad, que se garantiza en el propio
cuerpo legal y que expresamente proscribe la orientación sexual como una de las
formas de discriminación y que, además, se regula en todos los tratados de
Derechos Humanos", señaló.
La Constitución aprobada en 2019 incluye el
reconocimiento a las parejas de hecho en su artículo 82, donde las describe
como "unión estable y singular con aptitud legal, que forme de hecho un
proyecto de vida en común, que bajo las condiciones y circunstancias que señale
la ley, genera los derechos y obligaciones que esta disponga".
En este sentido el presidente de la Sociedad Cubana
de Derecho Civil y de Familia aclara "que no todas las uniones de hecho
afectivas estarán cobijadas por el Derecho. No es la unión de hecho sin más,
sino una unión con vocación de permanencia, de singularidad, estabilidad y
notoriedad, con los requisitos de legitimación que ha de exigir el Derecho a
los fines de extender su manto protector".
Artículo 82 de la Constitución de 2019. Foto: Ciber
Cuba
Ya en su momento, Mariela Castro, hija de Raúl
Castro, diputada cubana a favor del matrimonio igualitario y directora del CENESEX,
destacó que la Constitución recoge uniones sin atarlas a género alguno.
En declaraciones hechas en 2019 incluso aclaró que
"el actual artículo (82 de la Constitución) referido al matrimonio
mantiene su vocación de inclusión en total sintonía con el principio de
igualdad y no discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de
género".
El abogado Alain Espinosa insiste al respecto:
"Con esto están dando solución al conflicto patrimonial que se deriva del
fallecimiento intestado de una persona que no pudo formalizar matrimonio
producto de una prohibición legal a causa de sus preferencias sexuales, pero
sin reconocerle en ningún momento el derecho que le asiste a organizar su
familia por la vía que se ajuste a sus voluntades".
Por su parte, los abogados Santiago Alpízar y Arnaldo M. Fernández, de Cuba Demanda, recuerdan
que las uniones de hecho están reguladas en el Código de Familia de 1975.
"La relación conyugal de hecho sin
determinación de cierto periodo de tiempo para acreditar singularidad y
estabilidad, además de otras circunstancias como la comunidad de bienes y la
prole, es simplificación legalista del acto jurídico complejo con arraigada
tradición denominado matrimonio. La unión de hecho se admitió ya en el Código
de Familia (1975) con el reconocimiento de la unión matrimonial no formalizada.
Lo que ahora se requería en Cuba y las consultas populares reflejaron como
tendencia era reconocer el matrimonio unitario que, sin gozar del favor de
todos, es al menos el referente para conservar la unión matrimonial como
fundacional de la familia, admitida esta última universalmente como núcleo de
la sociedad. Reconocer la unión de hecho va más bien en detrimento del derecho
que la mayoría de los cubanos reclamaba: el reconocimiento de la familia
alternativa a la tradicional con la admisión del matrimonio unitario, pero en
este sentido sólo la ley en acción acreditará la eficacia social de la letra de
la ley", señalaron a preguntas de Ciber Cuba.
La abogada cubana Laritza Diversent, de CUBALEX,
confirma a Ciber Cuba que, en efecto, en el Código de Familia está la unión de
hecho para personas que han convivido juntas, pero no han formalizado la unión
desde el punto de vista jurídico. Tal y como está regulado, a la pareja se le
permite legalizar el matrimonio con efecto retroactivo a la fecha en la que
comenzaron esa unión o si uno de los miembros de la pareja fallece pueden
buscar el reconocimiento jurídico de esa relación y tener derechos que tienen
los cónyuges, entre ellos, la herencia.
Lo que cambia ahora es que "la unión de hecho
tiene reconocimiento constitucional, pero no es lo mismo que el
matrimonio". A Diversent le preocupa qué tratamiento se le dará a este
tipo de enlaces.
"Eso no quiere decir que eso es lo que está pidiendo la comunidad LGTBI para reconocer el matrimonio igualitario. ¿Tú en qué momento vas ante un juez o un funcionario del Estado, como puede ser un notario, y decir vas a asumir una unión de hecho? ¿Qué necesidad tienen ellos de hacer eso, de cambiar toda la perspectiva que le habían dado hasta entonces a las uniones de hecho, que era la posibilidad de reconocerlo con efecto retroactivo?
En esencia, la abogada de CUBALEX se pregunta
cuándo podrán las parejas LGTBI hacer uso de los efectos jurídicos que tiene la
unión de hecho. En todo caso, considera que el artículo del Granma, insinúa
pero no se atreve a afirmar que quieren dar cobertura al matrimonio igualitario
a través de la figura de la unión de hecho.
Por su parte, Elena Larrinaga, presidenta de la Red
Femenina de Cuba, considera que lo importante es que se le reconocen derechos a
uniones que representan al menos el 48% de las existentes en la Isla en 2012,
según los datos del Censo Nacional de Población y Vivienda.
"Yo creo que lo realmente importante no es la
semántica sino que las uniones de hecho
sean recogidas civilmente y que adquieran los derechos y responsabilidades
correspondientes. En contra de lo que considera mucha gente, pienso que
homogeneizar el vocabulario es discriminatorio pues le estás dando prioridad
conceptual a una unión sobre la otra. Son diferentes y así deben quedar
descritas pero con igualdad de derechos. Como ejemplo, yo conozco hijos
adoptados y los padres inteligentes les han explicado que no son biológicos.
Negar las evidencias y la diferenciación es un error. Las situaciones son
diferentes, ni mejores ni peores y en la mayoría de las veces condicionadas por
la naturaleza", señaló Larrinaga a este diario.
Al respecto, el abogado Yaxys Cires, director de
Estrategia del Observatorio Cubano de Derechos Humanos y Coordinador de Cuba
Humanista, señaló que le parece "positivo que las uniones de hecho tengan
un soporte legal". Sin embargo considera que todavía hay muy poca
información sobre el tema. "Hay que ver el alcance que le darán a la
figura en la normativa civil", señaló.
"Sería bueno que la reforma también abarque
otros temas primordiales para las familias como el derecho de los padres a
escoger el tipo de educación que quieren para sus hijos e introduzca, por
ejemplo, una prohibición expresa al Gobierno de tomar medidas que limiten los
vínculos familiares como impedir la entrada al país a otros cubanos que desean
visitar a sus familiares", añadió.
En los círculos más conservadores cubanos la
ambigüedad del Granma ha caído como un cubo de agua fría. Así, el pastor Adrián
Pose desconfía de la iniciativa. "Donde quiera que se han implementado las
políticas de género, las libertades individuales de conciencia, de educación y
de religión, han sido amenazadas por la dictadura progresista imperante. No
importa cuánto libre mercado tenga el país, la libertad individual está en
riesgo por el marxismo cultural", dijo a Ciber Cuba.
El Consejo de Estado aprobó el pasado lunes la propuesta de integrantes de la comisión que presentará el anteproyecto del Código de Familia en la Asamblea Nacional del Poder Popular. No hay fecha para su debate en el Parlamento cubano.
Mientras tanto, la discusión de la nueva
Constitución cubana alentó una fuerte movilización de las iglesias evangélicas.
El blanco era el artículo 68, que habilitaba el matrimonio igualitario.
Finalmente, el gobierno retiró el artículo antes de que la nueva Carta Magna
fuera aprobada en febrero pasado en un referéndum popular. No obstante, tanto
el desarrollo evangélico como el de los movimientos LGBTI son parte del nuevo
paisaje cubano, en medio de las reformas y de la apertura limitada, hoy, por
primera vez en medio siglo, sin un presidente de apellido Castro.
Fuente: Granma
/ CiberCuba / Formativo VVR
Lcdo. Jesús Romero
@ch_ral
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